Coatzacoalcos, Ver., 25 de marzo de 2026.– Una mujer identificada con las iniciales M.M. fue vinculada a proceso por el delito de violencia de género en su modalidad psicológica, cometido en agravio de otra mujer, informó el Poder Judicial en el distrito de Coatzacoalcos.


Caso evidencia alcance de la ley en Veracruz

El juez primero de Primera Instancia de Proceso y Procedimiento Penal Oral del XXI Distrito Judicial, Marco Eduardo Vidal Alor, determinó la vinculación tras analizar los datos de prueba presentados durante la audiencia.

Este caso resulta relevante debido a que, comúnmente, este tipo de delito se asocia con agresiones de hombres hacia mujeres; sin embargo, la legislación penal vigente en Veracruz no limita su aplicación a un género específico del agresor.


Acreditan violencia psicológica

De acuerdo con lo expuesto, se logró acreditar la conducta atribuida a la imputada, al demostrarse que ejerció violencia psicológica en un contexto que encuadra dentro del tipo penal de violencia de género.

Este tipo de violencia puede presentarse tanto en el ámbito público como en el privado, y no necesariamente implica agresión física, sino afectaciones emocionales y psicológicas.


Juez valida pruebas y dicta vinculación

Durante el proceso, el juzgador analizó diversos elementos probatorios aportados por ambas partes, valorando aquellos que cumplían con los criterios de legalidad, pertinencia y suficiencia.

Con base en ello, y conforme a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales, se emitió el auto de vinculación a proceso.


Proceso continuará en siguientes etapas

El proceso penal seguirá su curso en las próximas etapas, donde se definirá la situación jurídica de la imputada conforme avancen las diligencias correspondientes.


Resolución refuerza perspectiva de género

La determinación judicial se sustenta en una interpretación con perspectiva de género, en la que no se considera el sexo del agresor como elemento determinante, sino la existencia de una relación de poder desigual.

Este criterio ha sido respaldado por lineamientos nacionales que establecen que la violencia de género puede configurarse independientemente de quién la ejerza.


Caso marca precedente

Este caso representa un precedente importante al evidenciar que la violencia de género puede ser sancionada sin importar el sexo de quien la comete, reforzando el principio de que ninguna conducta violenta debe quedar impune.

Además, se inserta en una discusión más amplia sobre la necesidad de reconocer y sancionar todas las formas de violencia, incluidas la psicológica y otras no físicas.